Filiación
Reclamación de paternidad no matrimonial sin posesión de estado

El Tribunal Supremo (TS) ha resuelto un caso sobre la reclamación de paternidad cuando no existe matrimonio entre los padres y tampoco hay “posesión de estado” (es decir, cuando el hijo no ha sido considerado nunca por todos como hijo de ese padre). La persona que presentó la demanda intentó que los tribunales reconocieran la paternidad sobre un menor, pero se encontró con un problema, el plazo legal para reclamar ya se había pasado, y este hecho ha sido la clave para desestimar la demanda.
El demandante intentó justificar su retraso diciendo que la madre puso muchos obstáculos y no le permitió probar que convivía como padre con el menor, pero para el TS esto no quedó demostrado. Además, nada impedía que comenzara el proceso dentro del plazo legal, aunque no tuviera esa “posesión de estado”.
Mucha gente puede pensar que, por tratarse de un asunto tan importante para el menor, los tribunales deberían ser más flexibles, sobre todo por el derecho a conocer los orígenes biológicos, pero el TS insiste en que la ley marca unos plazos claros para evitar la inseguridad que provocaría que la filiación pudiera discutirse indefinidamente. Tampoco es necesario dar parte al menor en el procedimiento ni nombrarle un defensor judicial específico porque el Ministerio Fiscal ya protege sus intereses en estos casos.
El TS rechaza la demanda porque ha caducado el plazo para reclamar, y esto no vulnera ni el interés del menor ni su derecho a conocer a su padre biológico.
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