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Comunidad hereditaria

Venta en pública subasta de bienes repartiendo el precio entre los herederos según a sus cuotas

Comunidad hereditaria

El Tribunal Supremo (TS) ha anulado una sentencia previa y ha autorizado la venta en pública subasta de los bienes de una herencia ante la imposibilidad de repartirlos de manera justa entre los herederos.

El caso comienza tras el fallecimiento de dos personas, cuyo patrimonio estaba compuesto principalmente por dos fincas rústicas, una de ellas con una construcción. Los 5 herederos no lograron ponerse de acuerdo sobre cómo repartirse los bienes. Por esa razón, el proceso acabó en juzgado, donde se encargó a una persona neutral (la contadora-partidora) hacer el reparto.

Esta profesional decidió adjudicar a tres herederos en conjunto una de las fincas y les obligaba a pagar casi 10.000 euros cada uno a los otros dos herederos, que recibirían su parte en dinero y en otra finca. Sin embargo, quienes debían pagar alegaron que no tenían dinero suficiente, como demostraba el hecho de que recibían justicia gratuita y vivían de pensiones.

Tras varios recursos en los tribunales, el TS analizó el caso y recalca que la ley busca repartir los bienes de modo lo más igualitario posible, pero que no siempre es factible. Cuando hay bienes indivisibles (como esas fincas) y no hay suficiente dinero en la herencia para compensar a todos, la ley permite que, si lo pide al menos un heredero, se venda todo en pública subasta y el dinero se reparta entre los herederos.

El TS, viendo que ninguno de los herederos podía pagar a los demás y que forzarles a seguir como copropietarios no tenía sentido, estima sus recursos. Así, ordena la venta en pública subasta de los bienes, admitiendo postores externos, y el reparto posterior del dinero, en vez de mantener el reparto aprobado judicialmente.

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